Ir al contenido principal

TAREA 2: PERFUMES Y AGUAS DE TOCADOR EN PERÚ

IMPORTACIÓN DE PERFUMES Y AGUAS DE TOCADOR EN PERÚ



1.    Indicar la partida arancelaria, el país de origen y el volumen de la mercancía que se importó en el último año.

Partida arancelaria: 3303000000



El país de origen de donde se importó los perfumes y aguas de tocador en el Peru, año 2012 fue Colombia con un 54.14%.

El volumen de la mercancía  que se importó en el último año fue de aproximadamente $ 3 288 000.


2.    ¿Es un bien incluidos en una importación restringida ò en una importación prohibida?

No, el  producto Perfumes y Aguas de tocador no es una importación prohibida.



3.    ¿Qué partes debe contemplar el contrato de compra-venta?

En un contrato compra-venta ambas partes deben contemplar lo siguiente:

·         Objeto

·         Precio

·         Condiciones de entrega, plazo de entrega y penalizaciones.

·         Garantías del producto del vendedor

·         Montaje y mantenimiento en destino

·         Reserva de dominio de la mercancía

·         Condiciones de pago

·         Incumplimiento del comprador

·         Entrada en vigor

·         Compromisos previos del comprador

·         Sumisión ante incumplimientos

4.    ¿Cuál es el régimen tributario aplicable a su importacion?

El régimen tributario aplicable a la importación de Perfumes y agua de tocador son:
-  Derechos AD - Valorem
Derecho arancelario grava la importación de las mercancías.
Base imponible: valor CIF aduanero determinado según el Acuerdo del Valor de la O.M.C.
Tasa impositiva: tres (03) niveles: 0%, 9% o 17%, según subpartida nacional.

-  Derechos Correctivos Provisionales ad valorem
Medidas correctivas aplicadas por el Perú a los demás Países Miembros de la Comunidad Andina que son de carácter no discriminatorio, de conformidad con el Acuerdo de Cartagena. Se aplica a las importaciones de mantecas bajo las subpartidas NANDINA 1511.90.00, 1516.20.00, y 1517.90.00, procedentes de Colombia y Venezuela.
Tasa: 29% Ad-Valorem CIF (Base Legal: Resolución Ministerial Nº 226-2005-MINCETUR/DM publicada en el diario oficial El Peruano el 27.07.2005)

-  Derechos Específicos-Sistema de Franja de Precios
Este tributo que tiene la naturaleza de derecho arancelario, grava las importaciones de los productos agropecuarios tales como arroz, maíz amarillo, leche y azúcar (productos marcadores y vinculados), fijando derechos variables adicionales y rebajas arancelarias según los niveles de Precios Piso y Techo determinados en las Tablas Aduaneras.
Los derechos adicionales variables y las rebajas arancelarias se determinan en base a las Tablas Aduaneras vigentes a la fecha de numeración de la DUA de importación, aplicando los precios CIF de referencia de la quincena anterior a dicha fecha en dólares de los Estados Unidos de América por cada tonelada métrica; en caso de existir fracción en el peso neto se cobrará la parte proporcional que corresponda.
El artículo 4° del Decreto Supremo N° 153-2002-EF establece que los derechos variables adicionales sumados a los derechos ad-valorem CIF, incluida la sobretasa adicional arancelaria, no pueden exceder del Arancel Tipo Básico consolidado por el Perú ante la OMC, para las subpartidas nacionales incluidas en el Sistema de Franja de Precios.
Tasa: variable.

-  Impuesto General a las Ventas -IGV
Este tributo grava la importación de todos los bienes, salvo las excepciones previstas en la normatividad que la regula.
Su base imponible está constituida por el valor CIF aduanero determinado según el Acuerdo del Valor de la O.M.C. más los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación.
Tasa impositiva: 17% (Ley N° 28033, incremento temporal de la tasa del IGV a partir del 01 de agosto del 2003)
En la importación definitiva de mercancías realizada mediante DSI, el monto de la percepción del IGV será determinado considerando los porcentajes y no el monto fijo.
(*) Ley N° 28053 del 08.08.2003, Decreto Legislativo Nº 936 del 29.10.2003 y Resolución N° 203-2003-/SUNAT del 01.11.2003 y modificatorias.

 5.    ¿Tiene su mercancía que obtener el certificado de origen?

Si porque es un producto que posee químicos y es inflamable, por tanto es necesario conocer con detalle los datos del producto y el de qué manera es transportado


Comentarios

Entradas populares de este blog

Ejemplo: Contrato Compra-Venta Internacional

MODELO DE CONTRATO DE COMPRA - VENTA INTERNACIONAL Conste por el presente documento, el contrato de COMPRAVENTA INTERNACIONAL que celebran de una parte EXPORT HASS PERU EIRL, con RUC  N° 1364589367125,  inscrita en los Registros Públicos, debidamente representada por su Gerente General, Srta Lisbeth Peralta, identificado con Libreta Electoral N° 45816592, a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte, la empresa ABC SAC, con domicilio en AAA, debidamente representada por su Encargado de compras, señor MNP, en adelante EL COMPRADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA: Objeto del contrato Mediante el presente documento, las partes convienen en celebrar una compraventa internacional de mercaderías, las cuales deberán cumplir con las condiciones siguientes: Exportación de palta de la variedad Hass con las siguientes características y especificaciones: Forma oval piriforme mediano Peso aproximado entre 200 a 300 gramos (Calibre 12 –

Diagrama de importación

Modalidades de Garantias: PAGARÉ

1.           Denominación de la entidad y oficina. 2.          Datos de la cuenta, habitualmente código cuenta cliente e IBAN, International Bank Account Number. 3.          Fecha de vencimiento del pagaré, esto es, momento a partir del cual puede hacerse efectivo. 4.          Importe consignado en cifras del pagaré. 5.          Persona a la que se debe realizar el pago, en el caso de los pagarés estos siempre deben ir emitidos a favor de una persona, física o jurídica, o a su orden. 6.          Importe del pagaré expresado en letras, en caso de discrepancia entre el importe expresado en letras y el importe expresado en cifras prevalecerá el primero. 7.          Fecha y lugar de emisión. 8.          Identificación del documento en si mismo, serie y número de documento. 9.          Firma del emisor del pagaré. 10.      Identificación del pagaré codificada especialmente para una lectura automatizada del documento.