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La franquicia también entra en hogares y hospitales: Modelo de contrato


El envejecimiento de la población y los recortes sociales de los últimos años abren el mercado a las franquicias que se ocupan del cuidado de personas mayores, enfermos o dependientes en España.
El incremento de personas mayores en nuestro país unido a los tijeretazos que la Administración ha dado a las ayudas sociales durante los últimos años de crisis ha puesto a muchas familias contra las cuerdas a la hora de ocuparse y cuidar de sus mayores, sus pequeños o sus hogares. Un cuidado que en muchas ocasiones se antoja difícil por cuestiones horarias y muchas veces por escasez de recursos.
Sin embargo, este escenario ha servido de caldo de cultivo para aquellas empresas que han decidido apostar por este nicho de mercado para ofrecer de forma privada servicios a los que o no llega o llega poco y con poco presupuesto la ayuda pública, como la vinculada a la ley de dependencia. La compañía Asistencia Familiar es un buen ejemplo.
Con más de dos décadas de trayectoria en el mercado nacional, esta firma, creada y dirigida por Javier Cepedano Valdeón, se encuentra inmersa en un plan de expansión mediante franquicias -ya dispone de 50 unidades operativas en el país- para poder ofrecer a sus clientes servicios de ayuda a domicilio, asistencia familiar o acompañamiento hospitalario, entre otras opciones.
Desde Madrid, donde se ubica su central y donde la firma dispone de cuatro unidades franquiciadas, Asistencia Familiar está haciendo un rediseño de su imagen corporativa y poniendo en marcha una nueva plataforma web para potenciar su crecimiento como concepto de negocio y la comercialización de su oferta de servicios.
"La central se ocupa de pensar globalmente para que cada franquiciado sólo tenga que ocuparse de actuar localmente", explica Cepedano, para quien "hablar de asistencia social hace 20 años era hablar de asilos, monjitas, tristeza? y hoy, afortunadamente, la gente se ha mentalizado de que los servicios sociales son el cuarto pilar del bienestar".
Servicios que, en el caso concreto de Asistencia Familiar, van desde la ayuda a domicilio de personas mayores o discapacitadas, con una adaptabilidad de la vivienda en el caso que sea preciso y la facilitación de aparatos técnicos que mejoren la comunicación con el paciente en los casos que se requiera, hasta el cuidado de niños pequeños, ejercicios de rehabilitación psicofísica para personas que hayan sufrido algún trastorno cerebrovascular, labores domésticas de cualquier hogar, orientación familiar para parejas o para mejorar las relaciones entre padres e hijos, formación de profesionales cualificados en el sector sociosanitario o limpieza de comunidades de vecinos.
Ahora bien, la prestación de toda esa lista de servicios estará sujeta al tipo de franquicia que elijan los emprendedores que decidan unir su carrera profesional a Asistencia Familiar.
Una unión que por contrato al menos tendrá una duración de cinco años (prorrogable si ambas partes están de acuerdo), que requerirá (salvo en la tipología de bajo coste de esta franquicia) de un local de mínimo 30 metros cuadrados en una zona de fuerte tránsito comercial, y de un royalty mensual de 290 euros durante el primer año de ese contrato. Luego, subirá.

Cuatro tipos de franquicias
Además, los franquiciados de Asistencia Familiar tendrán que abonar un canon de entrada para unirse a la red de la firma que dependerá del tipo de franquicia que elijan. Y es que, con la vista puesta en abrir su negocio a distintos perfiles de emprendedores o inversores en España, Asistencia Familiar dispone de cuatro tipos de franquicias.
La primera, Asistencia Familiar Low Cost, requiere de una inversión inicial de 9.500 euros con los que, sin necesidad de local, accede a una zona de exclusividad de 25.000 habitantes; la segunda, Asistencia Familiar Despacho, exige una inversión de 18.000 euros para una zona de explotación de 100.000 habitantes.
La tercera, Asistencia Familiar Masfamilias, requiere de un desembolso inicial de 24.000 euros para operar en zonas de entre 100.000 y 200.000 habitantes; y la cuarta, Asistencia Familiar Estándar, necesita de una inversión inicial de 34.000 euros para poder operar en poblaciones de más de 200.000 habitantes.
Mientras la primera y la segunda pueden ofrecer todos los servicios incluidos en la ayuda a domicilio, la asistencia a familias y el acompañamiento hospitalario; la tercera y cuarta tipología pueden, además de todo lo anterior, dar formación a personas que quieren entrar en el ámbito sociosanitario y acceder a los convenios de colaboración que consigue la central.
Convenios por los que ciertos colectivos, como la Guardia Civil, dan a conocer los servicios que presta Asistencia Familiar para que en el caso de necesitarlos el personal, por ejemplo de la Benemérita, los conozca y pueda contactar a la firma y, por ende, a los franquiciados que se encuentran en la zona de influencia del cliente/paciente.
Al igual que con la Guardia Civil, Asistencia Familiar ha logrado alcanzar convenios y acuerdos nacionales y autonómicos con compañías de seguros y mutualidades, como Mapfre, Ibermutuamur, Reale Seguros, DKV, Mutua Universal y Fiatc Seguros. Todas ellas, al igual que la Guardia Civil, ponen a disposición de sus asegurados los servicios de Asistencia Familiar para que en caso de necesitarlos puedan conocerlos y contratarlos.
Este tipo de convenios está contribuyendo a que Asistencia Familiar sea cada vez más conocida y a que nuevos emprendedores se sientan atraídos para unirse a su red.
Emprendedores que según explica Cepedano suelen tener entre 35 y 50 años. Todos ellos, al unirse a la red de franquicias, trabajan -matiza el director de la firma- con personas dadas de alta en la Seguridad Social para evitar así el intrusismo que en este tipo de actividades se sigue observando en España, y en un sector que, a su jucio, tiene mucho camino por delante.
"El sector de la asistencia familiar es seguramente el de mayor recorrido como negocio, habida cuenta de que, en España, menos de un cinco por ciento de los mayores y las personas dependientes goza de algún tipo de atención domiciliaria, mientras que la media europea alcanza el 18 por ciento y en países más avanzados en este terreno, como puede ser Suecia, el porcentaje de mayores que reciben atención domicliaria sobrepasa el 23 por ciento", concluye


Fuente: El Economista (España)
Fecha de Publicación: 20 de Julio del 2015

 MODELO DE CONTRATO DE FRANQUICIA

Conste por el presente documento el Contrato de Franquicia que celebran:

·         De una parte…………………...., identificado con DNI Nº ……….., con domicilio ubicado en …………….., que en adelante se denominará EL FRANQUICIANTE, y por la otra,

·         ……………………, identificado con DNI N°……., con domicilio ubicado en …………, a quien en adelante se denominará EL FRANQUICIADO.

El presente contrato se extiende de conformidad con las estipulaciones siguientes:

PRIMERA: OBJETO.

1.1 EL FRANQUICIANTE es titular de la marca……….., inscrita ante el INDECOPI con Certificado N°………, mediante la cual identifica una actividad empresarial consistente en:

·         (Describir actividad empresarial)

1.2 En virtud al presente contrato, EL FRANQUICIANTE confiere al FRANQUICIADO la franquicia del negocio identificado con la marca ………, concediéndole el uso de dicha marca y todo lo que ésta involucra para el desarrollo del negocio, como modelos, diseños y knowhow, para ser explotada por el FRANQUICIADO.

1.3 La franquicia otorgada operará en el establecimiento ubicado en……….. de la ciudad de…………..

SEGUNDA: PAGO INICIAL.

EL FRANQUICIANTE concede la franquicia en virtud al pago inicial por la suma de US$ ………, que deberá ser pagado por el FRANQUICIADO dentro de los treinta días siguientes a la suscripción del presente documento.

Para la utilización de la franquicia en establecimientos distintos al señalado en la cláusula Primera de este contrato, deberá existir un acuerdo entre FRANQUICIANTE y FRANQUICIADO y pagarse el derecho de llave correspondiente.

TERCERA: REGALÍAS.

3.1 La utilización de la franquicia generará el cobro de regalías a favor del FRANQUICIANTE. El monto de las regalías asciende al …..% de las ventas brutas mensuales que obtenga el FRANQUICIADO en el establecimiento.

3.2 Las regalías deberán ser pagadas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al mes que se ha liquidado.

3.3 En caso de mora en el pago de las regalías, se aplicará un interés moratorio con la tasa más alta permitida por ley.

CUARTA: OBLIGACIONES DEL FRANQUICIANTE.

Sin perjuicio de las demás obligaciones previstas en el presente contrato, son obligaciones del FRANQUICIANTE las siguientes:

  • Incorporar nuevos productos y mejorar la calidad de los existentes.

  • Permitir el uso por parte del FRANQUICIADO de los derechos de propiedad intelectual e industrial, tales como la marca y logotipos distintivos del negocio franquiciado.

  • Poner a disposición del FRANQUICIADO las mercancías que serán comercializadas en el establecimiento o, garantizar la puesta a disposición del FRANQUICIADO de las mercancías cuando éstas no sean fabricadas por EL FRANQUICIANTE.

  • Determinar las políticas y estrategias de mercadeo en cuanto a posicionamiento, variables del producto (marca, empaque, precio), variables de comunicación (publicidad, promociones), investigación de mercados y fondo de promociones y publicidad.

  • Otorgar formación, adiestramiento y asistencia técnica al FRANQUICIADO en los campos técnicos, comercial, financiero, contable, fiscal y de gestión en la iniciación de la franquicia y durante la explotación de las unidades de venta por EL FRANQUICIADO.

QUINTA: OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADO.

Sin perjuicio de las demás que se establezcan en el presente contrato, son obligaciones del FRANQUICIADO:

·         Comercializar los productos con las especificaciones impuestas por EL FRANQUICIANTE.

·         Comercializar los artículos producidos o designados por EL FRANQUICIANTE.

·         No explotar directa o indirectamente la franquicia por medio de establecimientos similares al de la franquicia.

·         Utilizar durante la vigencia del contrato el Know How y Licencia de Marca concedida por EL FRANQUICIANTE sólo para la explotación de la franquicia.

·         No revelar el contenido del Know How suministrado por EL FRANQUICIANTE.

·         Contribuir mediante el cumplimiento de las directrices pactadas por EL FRANQUICIANTE, a la buena reputación y éxito de la franquicia.

·         Asistir a cursos de preparación o actualización suministrados por EL FRANQUICIANTE.

·         Desplegar las actividades administrativas y operativas necesarias para el desarrollo y la explotación adecuada de cada una de las franquicias.

·         Informar al FRANQUICIANTE, sobre las mejoras en los procedimientos técnicos y comerciales empleados en la explotación de la franquicia.

·         Disponer de un inventario suficiente, en calidad y variedad para satisfacer las necesidades de la clientela.

·         Aplicar los precios de venta definidos por EL FRANQUICIANTE.

·         Utilizar los signos distintivos del FRANQUICIANTE, mantener una política publicitaria y  promocionar adecuadamente y de acuerdo con las necesidades de la franquicia.

·         Respetar las normas de explotación y gestión pactadas, llevando adecuadamente la contabilidad y aceptando los controles del FRANQUICIANTE establecidos en el contrato.

·         Contar con la licencia de funcionamiento y demás formalidades exigidas para operar los establecimientos de la franquicia..

·         El uso de la marca correrá por cuenta y riesgo del FRANQUICIADO, quien responderá por las infracciones civiles, policiales y administrativas en general e incluso con las multas derivadas de los mismos durante el término del presente contrato y hasta que cese el uso de la marca. El pago de impuestos, tasas, gravámenes, creados o a punto de crearse, derivados de uso de la marca en el local respectivo correrán a cargo del FRANQUICIADO.

SEXTA: TERMINACIÓN Y PRÓRROGA.

La vigencia del presente contrato será de……….., contado desde la fecha de suscripción del presente documento. El contrato podrá ser prorrogado previo acuerdo de las partes que constará por escrito.

SEPTIMA: CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL.

El FRANQUICIADO no podrá ceder su posición en el contrato salvo con la autorización expresa y escrita del FRANQUICIANTE.

OCTAVA: CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA.

EL FRANQUICIANTE podrá dar por terminado el contrato de manera unilateral, comunicando su decisión al FRANQUICIADO con una anticipación de treinta días, en cualquiera de las siguientes situaciones:

a)   Cuando el FRANQUICIADO se encuentre sometido a un procedimiento concursal.

b) Incumplimiento en el pago del derecho de llave o de las regalías.

c) Divulgación del know how proporcionado por el FRANQUICIANTE.


DECIMA: LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN.

10.1 Las partes acuerdan que todo aspecto no regulado por el presente contrato, se sujetará a las disposiciones legales de la República del Perú.
10.2 Asimismo, toda controversia derivada del presente contrato será sometida a arbitraje ante la Cámara de Comercio de Lima, de acuerdo con el Reglamento de dicha entidad.

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento a los …. días del mes de ….. de 2012.





FRANQUICIANTE                                        FRANQUICIADO

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