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web Comercio de Servicios (AGCS)

Comercio de servicios
Los servicios , de arquitectura a telecomunicaciones por correo vocal y transporte espacial, constituyen el componente mayor y más dinámico de las economías de los países desarrollados y en desarrollo. No sólo revisten importancia por sí mismos sino que además son insumos esenciales en la producción de la mayoría de las mercancías. Su inclusión en la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales llevó al establecimiento del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS). Desde enero de 2000 son objeto de negociaciones comerciales multilaterales.

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Ejemplo: Contrato Compra-Venta Internacional

MODELO DE CONTRATO DE COMPRA - VENTA INTERNACIONAL Conste por el presente documento, el contrato de COMPRAVENTA INTERNACIONAL que celebran de una parte EXPORT HASS PERU EIRL, con RUC  N° 1364589367125,  inscrita en los Registros Públicos, debidamente representada por su Gerente General, Srta Lisbeth Peralta, identificado con Libreta Electoral N° 45816592, a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte, la empresa ABC SAC, con domicilio en AAA, debidamente representada por su Encargado de compras, señor MNP, en adelante EL COMPRADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA: Objeto del contrato Mediante el presente documento, las partes convienen en celebrar una compraventa internacional de mercaderías, las cuales deberán cumplir con las condiciones siguientes: Exportación de palta de la variedad Hass con las siguientes características y especificaciones: Forma oval piriforme mediano Peso aproximado entre 200 a 300 gramos (Calibre 12 –

Diagrama de importación

Modalidades de Garantias: PAGARÉ

1.           Denominación de la entidad y oficina. 2.          Datos de la cuenta, habitualmente código cuenta cliente e IBAN, International Bank Account Number. 3.          Fecha de vencimiento del pagaré, esto es, momento a partir del cual puede hacerse efectivo. 4.          Importe consignado en cifras del pagaré. 5.          Persona a la que se debe realizar el pago, en el caso de los pagarés estos siempre deben ir emitidos a favor de una persona, física o jurídica, o a su orden. 6.          Importe del pagaré expresado en letras, en caso de discrepancia entre el importe expresado en letras y el importe expresado en cifras prevalecerá el primero. 7.          Fecha y lugar de emisión. 8.          Identificación del documento en si mismo, serie y número de documento. 9.          Firma del emisor del pagaré. 10.      Identificación del pagaré codificada especialmente para una lectura automatizada del documento.