Contrato de compraventa internacional de mercaderías
Contrato de Compraventa respecto a la mercancía CAJAS DE CARTON cuyo objeto es la adquisición por parte del comprador WESTING HOUSE, INC. CORP. y vendedor CARTONES MEXICANOS, S.A. DE C.V. a un precio fijo y celebrado en la Ciudad de México, para ser entregado en Washington D.C. Estados Unidos de América cuyas Constituciones están reguladas por el Derecho Nacional sujetándose a las cláusulas siguientes y declarciones unilaterales:
Declara el vendedor:
I. Ser una persona moral
II: Estar debidamente constituida en la Cd.de México
III. Con capacidad legal para comprometerse en los términos del presente contrato.
I. Ser una persona moral
II: Estar debidamente constituida en la Cd.de México
III. Con capacidad legal para comprometerse en los términos del presente contrato.
Declara el comprador:
I. Ser de nacionalidad Americana.
II. Estar debidamente ajustada bajo las leyes de su Estado de orígen.
III. Que su capacidad para contratar en los términos del presente contrato lo acredita ante el Cónsul Americano John Peters.
I. Ser de nacionalidad Americana.
II. Estar debidamente ajustada bajo las leyes de su Estado de orígen.
III. Que su capacidad para contratar en los términos del presente contrato lo acredita ante el Cónsul Americano John Peters.
Clausulas
El vendedor se obliga a:
Proporcionar en calidad y especie la cantidad de 50,000 unidades de cajas 30 X10 cm.
El precio que importa dicha operación será en peso mexicanos y será pagadero de la siguiente forma de contado.
Entregar por volúmen los artículos que propone a la venta en un término de diez días contados a partir de la firma del presente contrato.
El comprador recibe los artículos producto y motivo de éste contrato en Washington D.C. por totalidad.
Ambas partes declaran que para el caso de incumplimiento se sujetarán al Convenio de Viena, a los Tratados Internacionales existentes y en su defecto la aplicación de la cláusula compromisoria arbitral y de cuya naturaleza jurídica será exigible su cumplimiento en los Tribunales Nacionales de carácter federal o común.
El vendedor se obliga a:
Proporcionar en calidad y especie la cantidad de 50,000 unidades de cajas 30 X10 cm.
El precio que importa dicha operación será en peso mexicanos y será pagadero de la siguiente forma de contado.
Entregar por volúmen los artículos que propone a la venta en un término de diez días contados a partir de la firma del presente contrato.
El comprador recibe los artículos producto y motivo de éste contrato en Washington D.C. por totalidad.
Ambas partes declaran que para el caso de incumplimiento se sujetarán al Convenio de Viena, a los Tratados Internacionales existentes y en su defecto la aplicación de la cláusula compromisoria arbitral y de cuya naturaleza jurídica será exigible su cumplimiento en los Tribunales Nacionales de carácter federal o común.
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Saludos crema